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Guide · 2026-11-01 · 5 min

NOM 004 SCFI 2006 y el etiquetado textil vigente en México

La NOM-004-SCFI-2006 fue sustituida por la NOM-004-SE-2021. Revisa los datos obligatorios de las etiquetas de ropa en México y las reglas de permanencia.

Si llegaste por nom 004 scfi 2006, la norma con ese nombre fue cancelada y sustituida por la NOM-004-SE-2021. La Secretaría de Economía registra esta última como vigente desde el 14 de enero de 2023, tras su publicación el 14 de enero de 2022. Consulta las fechas y el estado de vigencia en la ficha oficial de la norma vigente. Quien busca el PDF de la norma de 2006 debe leer la NOM-004-SE-2021 en el DOF.

Para prendas de vestir, los datos exigidos son marca, composición, talla, cuidado, país de origen y responsable del producto. La regla general pide etiquetas permanentes, pero los datos del responsable pueden ir en etiqueta permanente, temporal o empaque cerrado. No des por permanente el RFC de una camiseta solo porque la talla va en etiqueta permanente. Apartado 4.1.1 de la NOM-004-SE-2021.

A qué productos aplica la NOM 004 de textiles

La norma abarca productos textiles, prendas, accesorios y ropa de casa destinados al consumidor final y comercializados en México. Su alcance exige una composición textil igual o superior al 50 % en masa. No basta con que un artículo contenga alguna fibra para incluirlo automáticamente. Apartado 1.

Hay exclusiones, entre ellas prendas desechables, disfraces y juguetes textiles. También quedan fuera los productos cuya información comercial regula otra NOM específica. Antes de elegir una etiqueta, identifica el tipo de artículo y revisa el alcance completo. Apartado 1.

Qué lleva una etiqueta de ropa

La siguiente tabla resume la revisión de una prenda. No debe aplicarse sin cambios a cualquier bolso, accesorio o artículo de ropa de casa: existen reglas particulares por categoría.

DatoQué revisar en una prenda
Marca comercialDebe aparecer, salvo cuando coincide con el nombre, denominación o razón social del responsable que ya ostenta el producto.
ComposiciónPorcentajes en masa, en orden de predominio y con números arábigos del 1 al 100.
TallaDebe expresarse en español. Se permiten expresiones o abreviaturas de uso habitual y otros idiomas en segundo término.
Instrucciones de cuidadoDeben corresponder al producto y cumplir el apartado 4.5.
País de origenLa leyenda depende de dónde se elaboraron el producto y sus insumos.
ResponsableEn producto nacional: nombre, domicilio fiscal y RFC del fabricante. En marcas internacionales puede ser el licenciatario. En importado: nombre, domicilio fiscal y RFC del importador.

La tabla se basa en los apartados 4.1.1, 4.2, 4.4.1, 4.4.2, 4.5 y 4.6. Para ropa de casa, las medidas pueden expresarse en m, cm o mm. No copies la talla de una prenda: el soporte de cada dato tiene reglas propias.

Etiquetas permanentes, idioma y excepciones

La información debe estar en español, ser veraz y no inducir a error. Quien comercializa los productos debe exigir a sus proveedores la información establecida por la norma. Apartado 4.1.

Para prendas, la información debe ser legible y figurar en una o más etiquetas permanentes. Pueden colocarse en la parte inferior del cuello, la cintura u otro lugar visible según el producto. Los datos del responsable tienen la excepción indicada: admiten etiqueta permanente, temporal o empaque cerrado. Apartado 4.1.1.

La etiqueta permanente debe durar al menos lo mismo que el producto. Puede ir cosida, termofijada, bordada, impresa o estampada. Un código QR es opcional y adicional, y no sustituye la etiqueta temporal ni la permanente. Definición 3.8.1 y apartado 5.4.

Las excepciones dependen del artículo. Para calcetines, medias, pantimedias, bandas elásticas para la cabeza y muñequeras, la información del apartado 4.1.1 puede ir en el producto, en etiqueta temporal o permanente, o en caja, contenedor, empaque o fajilla. Bolsos, mochilas, baberos y cinturones textiles usan el esquema de insumos, origen y responsable, en etiqueta permanente o temporal. No traslades estas opciones a una camiseta. Apartados 4.1.2, 5.1.2 y 5.2.1.

Cómo revisar composición, cuidado y origen

En composición, usa los nombres genéricos de las NMX-A-2076-INNTEX-2013 y NMX-A-6938-INNTEX-2013. Para fibras no comprendidas, corresponde el nombre técnico. No sustituyas el nombre genérico por una abreviatura o por otro nombre. Apartado 4.3.1.

Cada fibra presente en 5 % o más debe nombrarse genéricamente. El nombre comercial o la marca registrada puede ir junto a ese nombre, en igual tamaño y entre paréntesis o comillas, solo si el titular lo autoriza. Las inferiores al 5 % pueden designarse como "otras" u "otras fibras", y su porcentaje se declara en ese rubro. El forro puede identificarse por separado con "forro: …" en la misma etiqueta u otra. No hace falta declararlo cuando tiene el mismo contenido de fibra que la prenda. Apartados 4.3.2, 4.3.3 y 4.1.6.

El cuidado debe cubrir lavado, blanqueo, secado, planchado y recomendaciones particulares según corresponda al producto. Si el encogimiento o la deformación son propios del producto, indica instrucciones para atenderlos. Se permiten leyendas breves y claras o los símbolos de la NMX-A-3758-INNTEX-2014. Esos símbolos no exigen una leyenda adicional. Si se usan otros, debe incluirse en español la leyenda del tratamiento adecuado. Apartados 4.5.1 a 4.5.6.

Para el origen hay dos supuestos, y mezclarlos es el error habitual. Si el producto terminado y todos sus insumos se elaboraron en el mismo país, se prefiere "hecho en…", "elaborado en…" o una fórmula análoga. Si se elaboró con insumos de otros países, corresponde "Hecho en… (país de elaboración) con insumos importados", y el origen de esos insumos puede añadirse de forma voluntaria. Apartados 4.6.1 y 4.6.2.

Cumplimiento y evaluación voluntaria

El apartado 6 establece que la evaluación de conformidad no es certificable. Puede hacerse de forma voluntaria mediante personas acreditadas y aprobadas. El etiquetado sigue siendo exigible. La verificación y vigilancia corresponden a la Secretaría de Economía y a PROFECO, dentro de sus atribuciones. Apartados 6 y 7.

Puedes consultar la respuesta de RegAffairs AI sobre etiquetas de ropa en México, con citas del texto normativo.

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