Q.01

¿Cómo sé si un residuo es peligroso en México?

En México, un residuo es peligroso si aparece en alguno de los cinco listados de la NOM-052-SEMARNAT-2005 o, si no está listado, si tiene al menos una característica CRETIB: corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico ambiental, inflamable o biológico-infeccioso. El artículo 22 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) dice que quien genere o maneje residuos y necesite saber si son peligrosos "deberán remitirse" a las normas oficiales mexicanas que los clasifican, y esa norma es la NOM-052.

Approach: Las bases de datos que consulto no contienen la NOM-052 ni la LGPGIR, así que trabajé con los textos que publica PROFEPA. La NOM-052 es una reproducción del DOF del 23 de junio de 2006. La LGPGIR que pude abrir llega solo a la reforma del 7 de junio de 2013. El portal del DOF y el texto vigente de la Cámara de Diputados no abrieron, así que no pude confirmar si hubo reformas posteriores a esos artículos ni modificaciones a la NOM-052.

Base legal (LGPGIR)

  • Art. 5, fr. XXXII: son residuos peligrosos los que tengan "alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos". También lo son los envases, recipientes, embalajes y suelos contaminados cuando se transfieren a otro sitio.
  • Art. 16: la clasificación se fija en las NOM que definen cómo determinar las características, contienen los listados y establecen los límites de concentración.
  • Art. 23: el Título de clasificación no se aplica a los residuos peligrosos de hogares en cantidades iguales o menores a las de un microgenerador, ni a los de unidades habitacionales u oficinas. Esos residuos se manejan conforme a las autoridades municipales.
  • Art. 17: los residuos mineros y metalúrgicos (jales, patios de lixiviación abandonados, escorias de fundición y refinación) son de competencia federal. Su peligrosidad se determina conforme a las NOM aplicables.

LGPGIR, versión publicada por PROFEPA, pp. 6, 14 y 16.

El procedimiento de la NOM-052 (numeral 6 y Figura 1)

1. ¿Está listado? (6.2) Si aparece en cualquiera de estos listados, es peligroso:

  • Listado 1: por fuente específica, es decir, por giro industrial (claves E1/01, E4/02, etc.).
  • Listado 2: por fuente no específica (claves NE).
  • Listado 3: productos químicos fuera de especificación o caducos, tóxicos agudos.
  • Listado 4: productos químicos fuera de especificación o caducos, tóxicos crónicos.
  • Listado 5: residuos sujetos a Condiciones Particulares de Manejo.

El Anexo 1 indica qué constituyentes motivaron cada clave de los Listados 1 y 2. Por ejemplo, la NE 01 se listó por asbestos. Para los Listados 1 y 2 se podrán solicitar Condiciones Particulares de Manejo, según el Reglamento (nota de la Figura 1).

2. ¿Lo regula otra NOM? (6.3) Si no está listado, revisa si corresponde a otra norma; en ese caso se sujeta a ella:

  • lodos y biosólidos: NOM-004-SEMARNAT-2002;
  • bifenilos policlorados (BPC): NOM-133-SEMARNAT-2000;
  • hidrocarburos en suelos: NOM-138-SEMARNAT/SS-2003;
  • jales mineros: NOM-141-SEMARNAT-2003.

3. Si no aplica nada de lo anterior (6.4), "se deberá definir" si tiene alguna característica de peligrosidad. Hay dos vías:

  • 6.4.1: análisis CRIT (corrosivo, reactivo, inflamable, tóxico ambiental) más la determinación de explosividad y de carácter biológico-infeccioso.
  • 6.4.2: manifestación basada en conocimiento científico o evidencia empírica sobre los materiales y procesos. Aplica cuando el generador sabe que el residuo tiene una característica de peligrosidad, cuando sabe que contiene un constituyente tóxico, o cuando declara "bajo protesta de decir verdad" que su residuo no es peligroso.

Criterios del numeral 7 (basta con uno)

CaracterísticaCriterio
Corrosivo (7.2)Líquido acuoso, o sólido mezclado con agua destilada, con pH ≤ 2,0 o ≥ 12,5. Líquido no acuoso que corroe acero SAE 1020 a 6,35 mm/año o más a 55 °C.
Reactivo (7.3)Se inflama al aire en menos de 5 minutos sin fuente de ignición. Con agua genera más de 1 L de gas inflamable por kg de residuo por hora. Genera calor al aire sin fuente de energía. Con cianuros o sulfuros liberables, en medio ácido libera más de 250 mg de HCN/kg o más de 500 mg de H₂S/kg.
Explosivo (7.4)Capaz de detonar o descomponerse explosivamente. "No debe determinarse mediante análisis de laboratorio"; se identifica por el conocimiento del origen o la composición del residuo.
Tóxico ambiental (7.5)El extracto PECT, obtenido según la NOM-053-SEMARNAT-1993, supera algún límite de la Tabla 2.
Inflamable (7.6)Líquido con punto de inflamación menor a 60,5 °C en copa cerrada (se excluyen las soluciones acuosas con menos de 24 % de alcohol en volumen). Sólido que provoca fuego por fricción, humedad o cambios químicos espontáneos a 25 °C. Gas inflamable (criterios de 13 % y 12 % en aire). Gas oxidante.
Biológico-infeccioso (7.7)Conforme a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.

Ejemplos de límites de la Tabla 2 en el extracto PECT: arsénico 5,0 mg/L; cadmio 1,0; plomo 5,0; mercurio 0,2; benceno 0,5; cloruro de vinilo 0,2. La tabla completa tiene 8 metales, 20 orgánicos semivolátiles y 14 volátiles.

Requisitos prácticos

  • Muestreo (8.1): las muestras se toman a la salida del proceso o del almacén, deben ser representativas del volumen generado y requieren cadena de custodia.
  • Laboratorio (8.2): la SEMARNAT reconoce los análisis CRIT hechos por un laboratorio acreditado y aprobado.
  • Código de peligrosidad (Tabla 1): C, R, E, Te (tóxico ambiental), Th (agudo), Tt (crónico), I y B. Las mezclas de residuos de los Listados 3 y 4 llevan la característica del residuo de mayor volumen más la letra "M".
  • Vigilancia (11): corresponde a PROFEPA. Las Constancias de No Peligrosidad emitidas bajo la norma anterior seguían valiendo solo hasta el plazo por el que se emitieron (Transitorio Tercero).

Fuente de la norma: NOM-052-SEMARNAT-2005, DOF 23/06/2006, reproducción de PROFEPA, pp. 4-10, 28-35. Enlace oficial en el DOF (no abrió en esta consulta).

Si me dices el giro y el proceso que genera tu residuo, puedo buscarlo en los Listados 1 a 5 y en el Anexo 1.

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