Q.01

¿Cómo sé si un plaguicida tiene registro ICA en Colombia?

Para saber si un plaguicida tiene registro ICA, búsquelo en el registro público de productos plaguicidas de uso agrícola que el ICA publica en su plataforma SimplifiCA. Puede buscar por nombre comercial, número de registro, empresa titular o ingrediente activo. Luego mire el campo estado del registro: el registro solo muestra dos estados, activo o cancelado.

Approach: Consulté el registro de productos plaguicidas del ICA (SimplifiCA) con dos productos de ejemplo. No revisé la normativa colombiana que regula el registro, así que aquí no cito resoluciones.

Qué revisar en cada registro

  1. Número de registro ICA. Tiene la forma "PL" + número + año. Por ejemplo, GLIFOSATO NITROFERT 480 SL, de NITROFERT S.A.S, tiene el registro PL0000072025 [1].

  2. Estado. "Activo" quiere decir que el registro está vigente. "Cancelado" quiere decir que ya no lo está. Por ejemplo, FIPRONIL CHEMY 200 SC (PL0000582023, AGROCHEMY SAS) aparece como cancelado, con fecha de expedición 2020-02-20 y última modificación 2024-07-15 [2].

  3. Titular y fechas. Cada ficha indica la empresa titular, la fecha de expedición y la de la última modificación. Por ejemplo, GLIFOSATO M.A. COLOMBIA 480 SL (PL0000412026, MA COLOMBIA SAS) está activo desde el 2026-03-17 [3].

  4. Código de verificación de etiqueta. Cada registro tiene uno (por ejemplo, S2-DQYFIMAXQS2PZ para el producto PL0000072025) [1]. Sirve para comprobar que la etiqueta del envase corresponde al registro.

  5. Composición y usos autorizados. La ficha detalla:

    • el ingrediente activo, su concentración, el tipo de formulación y la categoría toxicológica;
    • los cultivos y plagas autorizados, con su dosis, período de carencia y período de reingreso;
    • los países de origen.

    Por ejemplo, el PL0000072025 contiene glifosato 480 g/L, es un concentrado soluble (SL) y tiene categoría III "Ligeramente Peligroso". Está autorizado en arroz contra malezas a 4.0 L/ha [1].

Recomendaciones prácticas

  • No basta con que el producto aparezca en el registro: tiene que figurar como activo. Además, el uso que usted le quiere dar (cultivo y plaga) tiene que estar entre los usos autorizados de esa ficha.
  • Compare el número de registro y el código de verificación de la etiqueta con los de la ficha del ICA.
  • Si busca por ingrediente activo, saldrán muchos productos. El glifosato, por ejemplo, tiene más de 100 registros activos [1]. Para identificar un producto concreto, busque por nombre comercial o por número de registro.

Si me da el nombre comercial, el número de registro o la empresa, le confirmo el estado y los usos autorizados de ese producto.

Q.02

¿Y cómo veo si le cancelaron el registro?

Busque el producto en el registro de plaguicidas de uso agrícola del ICA (SimplifiCA) y mire el campo estado del registro. Si dice "cancelado", el registro ya no está vigente. Si dice "activo", sí lo está. El registro no tiene más estados que esos dos.

Approach: Revisé fichas canceladas del registro de productos plaguicidas del ICA para ver qué datos muestran. No revisé las resoluciones del ICA con las que se cancelan los registros.

Qué muestra una ficha cancelada

Una ficha cancelada tiene los mismos campos que una activa: número de registro, titular, fecha de expedición, última modificación, código de verificación de etiqueta, composición, usos y países de origen. Lo único que cambia es el estado. Tres ejemplos:

ProductoRegistroTitularEstadoExpediciónÚltima modificación
YUNKE (fipronil + imidacloprid)PL0021822023Anasac Colombia Ltdacancelado2014-12-042024-07-15 [4]
LORSBAN 2.5 DP (clorpirifos)PL0021562023SODIAK S.A.cancelado2011-08-192024-06-21 [5]
KELION 50 WG (orthosulfamuron)PL0019742023NIHON NOHYAKU ANDICA S.A.Scancelado2007-02-092025-08-29 [6]

Lo que la ficha no le dice

  • La fecha de cancelación. Ningún campo la indica. Está la "última modificación", pero la ficha no dice que esa sea la fecha en que se canceló. No la tome como fecha de cancelación.
  • El motivo y el acto administrativo. La ficha no dice por qué se canceló (si lo pidió el titular, si fue una sanción o una decisión regulatoria sobre el ingrediente activo) ni con qué resolución.
  • Los usos. Una ficha cancelada sigue mostrando cultivos, plagas y dosis, como YUNKE en cebolla y papa [4]. Que aparezcan no quiere decir que se puedan usar: lo que manda es el estado.

Cómo confirmarlo con su producto

  1. Busque por número de registro o nombre comercial, no solo por ingrediente activo.
  2. Compruebe que el número de registro y el código de verificación de la etiqueta del envase coinciden con los de la ficha. Por ejemplo, el de LORSBAN 2.5 DP es S2-CNU5Z9U2KQJI8 [5].
  3. Si el estado dice "cancelado", el registro no está vigente, aunque el envase traiga un número PL válido.

Si me da el nombre o el número de registro, le confirmo el estado actual. También puedo buscar la resolución del ICA que lo canceló en fuentes oficiales.

Q.03

¿Qué pide la norma andina para registrar un plaguicida?

La norma andina que rige es la Decisión 804 de la Comunidad Andina, la "Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola" (PQUA), vigente desde el 1 de mayo de 2015. Lo que pide en concreto para registrar un producto está en su reglamento, el Manual Técnico Andino, adoptado por la Resolución 2075 de la Secretaría General (SGCAN) de 1 de agosto de 2019, que derogó la Resolución 630. En resumen: se presenta ante la autoridad nacional competente (en Colombia, el ICA) un dossier técnico en dos partes, una para el ingrediente activo grado técnico y otra para el producto formulado, y el producto no puede llevar componentes prohibidos por convenios internacionales.

Approach: RegAffairs AI no tiene todavía la normativa de la CAN, así que la consulté en el portal oficial de la Comunidad Andina: la Resolución 2075 con su Manual y la matriz de resoluciones nacionales sobre PQUA. No pude abrir el texto oficial de la Decisión 804 (el enlace del portal de la CAN da error 404). Lo que cito de ella viene de cómo la transcribe la Resolución 2075.

1. Qué busca el registro

  • Según la Resolución 2075, la Decisión 804 tiene estos objetivos: armonizar el registro y control de PQUA, orientar su uso dentro de las buenas prácticas agrícolas, prevenir y minimizar riesgos para la salud y el ambiente, asegurar la eficacia biológica y facilitar el comercio en la Subregión.
  • El Manual cubre los aspectos agronómicos, de salud y de ambiente que el solicitante "deben acreditar".

2. Cuándo no se registra un producto (arts. 13 y 32 de la Decisión 804, según los cita el Manual)

  • No se registra un PQUA si alguno de sus componentes está prohibido por convenios internacionales ratificados por el país que da el registro. Si la prohibición llega después, la autoridad cancela el registro.
  • Antes de registrar hay que comprobar si el ingrediente activo u otros componentes están en:
    • los Anexos A y B del Convenio de Estocolmo (contaminantes orgánicos persistentes);
    • el Anexo III del Convenio de Rotterdam (consentimiento fundamentado previo).
  • Lo que está en el Anexo A de Estocolmo "no pueden ser registrados" salvo que el país haya inscrito esa sustancia en el Registro de Exenciones Específicas.

3. Cómo se presenta el dossier

  • Un índice detallado.
  • Una justificación breve de cada requisito que no se incluya.
  • Dos partes: ingrediente activo y grado técnico (TC), y producto formulado (PF).
  • Lo que se exige depende de si el ingrediente activo ya forma parte de otro producto registrado en el país:
    • ingrediente activo nuevo en el país: la autoridad pide el informe del estudio o el estudio completo;
    • ingrediente activo ya registrado: basta un informe descriptivo.
  • Métodos de ensayo: se prefieren los de CIPAC, AOAC, FAO, OECD y OPPTS, con control de calidad (BPL/GLP, ISO 17025). El Manual dice que esas metodologías son "solo referenciales y no obligatorias".
  • Los estudios hechos en terceros países "deberán" venir de laboratorios acreditados según prácticas internacionales (ISO, ILAC, IAF).

4. Requisitos del ingrediente activo grado técnico

  • Identidad: fabricante y país de origen; nombre ISO y nombre IUPAC; números CAS y CIPAC; pureza, isómeros, impurezas y aditivos, con certificados de análisis de un laboratorio reconocido o acreditado.
  • Propiedades físicas y químicas: de la 2.1 a la 2.15, por ejemplo presión de vapor, solubilidad, coeficiente octanol/agua y propiedades explosivas y oxidantes.
  • Utilidad: modo y mecanismo de acción, y resistencia.
  • Toxicología en mamíferos:
    • toxicidad aguda, subcrónica y crónica;
    • carcinogenicidad, mutagenicidad, disrupción endocrina, reproducción (incluido un estudio de 2 generaciones) y toxicocinética;
    • neurotoxicidad;
    • información médica obligatoria.
  • Ecotoxicología: aves, peces, Daphnia, algas, abejas, artrópodos benéficos, lombrices y microorganismos del suelo.
  • Residuos y LMR. Si no existe un LMR, la autoridad lo fija según su normativa interna o evalúa la propuesta del solicitante.
  • Destino ambiental: degradación en suelo (3 tipos de suelo), agua y aire.
  • Seguridad: ficha de datos de seguridad del fabricante en castellano.
  • Métodos analíticos: para el ingrediente activo, las impurezas y los residuos.

5. Requisitos del producto formulado

  • Descripción y composición: contenido de ingrediente activo en % p/p o p/v, y los demás componentes.
  • Propiedades fisicoquímicas: incluida la estabilidad en almacenamiento.
  • Datos de uso:
    • dosis, número de aplicaciones, período de reingreso y período de carencia;
    • fitotoxicidad;
    • ensayos de eficacia hechos en el país según el protocolo del Manual, con no más de 5 años de antigüedad.
  • Proyecto de etiqueta y hoja informativa según el SGA, más datos de envases y embalajes y del manejo de desechos.
  • Toxicología aguda del formulado: oral, cutánea, inhalatoria, irritación y sensibilización. También genotoxicidad y, si tiene dos o más ingredientes activos, compatibilidad toxicológica.
  • Ambiente: toxicidad en Apis mellifera, Evaluación de Riesgo Ambiental (ERA) y Plan de Manejo Ambiental (PMA).
  • Ficha de datos de seguridad del formulador en castellano.

6. Disposiciones transitorias de la Resolución 2075

  • Entrada en vigor: 6 meses después de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
  • Etiquetas antiguas (Resolución 630): los titulares tienen como máximo 60 meses para agotar existencias con esas etiquetas. Cumplido el plazo, todo el etiquetado "debe estar adaptado" al SGA. Cada país fija sus procedimientos.
  • Registro por equivalencia química FAO/OMS: todavía no está habilitado. La SGCAN lo adoptará por resolución más adelante, como alternativa adicional.

7. Prohibiciones nacionales Además de cumplir la norma andina, cada país mantiene sus propias prohibiciones y cancelaciones. La matriz de la CAN recoge, por ejemplo, para Colombia:

  • la Resolución ICA 062376/2020, que prohíbe el registro de productos con dibromocloropropano, dibromuro de etileno, endrin, dinoseb, captafol o fonofos;
  • la Resolución 092101/2021, que suspendió temporalmente los registros de productos con fipronil autorizados en aguacate, café, cítricos o pasifloras.

Puedo leerle la descripción completa de un requisito concreto del Manual (por ejemplo, el protocolo de ensayos de eficacia o la ERA), o buscar la resolución del ICA que aplica la Decisión 804 en Colombia.

Fuentes:

Q.04